Carta de Privilegio de 15 de agosto de 1477 a favor de Medina del Campo para que sus vecinos
y moradores estén exentos de pedidos, monedas, moneda forera y martiniega

Traslado de 1609
Manuscrito sobre papel, 10 ff. / 29’5 x 20’5 cm
Encuadernación mudéjar en pergamino gofrado con motivos florales
Archivo Municipal de Medina del Campo. AMMC, H 270, 4346


AMMC_H270_8


PORTADA: Traslado. Sacado con autoridad de justicia de vna Prouisión Real de el rey don Phelipe nuestro Señor, terçero de este nombre, ganada en Madrid a dos de agosto de 1599. Para que se guarde a esta villa de Medina de el Campo el preuilegio antiguo que tiene de los Reyes Cathólicos de gloriosa memoria. Para que dentro de los muros de ella ningún vezino pague pedidos, ni monedas, ni moneda forera, ni martiniega como nunca la pagaron después que se dio el dicho Preuilegio. Que le busco para bien y defensa de los vezinos y pobres de la dicha villa, siendo Procurador General della, el señor Diego de Valderrama, cauallero y Gentil Hombre Romano e Hijo de Algo notorio de Casa y Solar conocido. De el qual hiço sacar dos traslados, el vno para poner en el Archiuo de la República y el otro para que esté en manos de los Procuradores Generales de la dicha villa, a quien toca la protectión y amparo y defensa della. Año IUDCIX.

Comienza el documento con un auto por parte de García Fernández de Pinilla, en nombre de Diego de Valderrama, Procurador General de la villa, dando cuenta de que hay un privilegio dado a Medina sobre la exención de pagar moneda forera por parte de los vecinos y que se deben de hacer dos traslados, para que así lo utilicen los Procuradores de la villa y el otro sea guardado en el Archivo del Concejo. El escribano Diego de Argandona, cumpliendo con el auto del teniente de corregidor, sacó el traslado del privilegio que incluía los siguientes documentos: Cédula de Felipe II de 25 de mayo de 1599 en la cual se expone que se conoce y se lee el privilegio de Reyes Católicos, que se encuentra en el Archivo de Simancas, por el cual se le concede a la villa de Medina del Campo la exención de moneda forera. Hay otro traslado de una provisión real del 2 de agosto de 1599, pidiendo a los oficiales del reino (recaudadores y contadores) que tengan en cuenta este privilegio a la hora de hacer las recaudaciones en esta villa. El 2 de julio de 1605 el escribano Diego de Cámara certifica que se sacó este traslado fielmente de dicha provisión. Por último, el 7 de noviembre de 1609, el escribano Juan de Argandona confirma que se sacaron las dos copias de este traslado.

Fernando Ramos González